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"La utilidad pública, la expropiación y las actividades extractivas"

Rodrigo Negrete Montes / Noviembre 19 de 2021 / Este artículo ha sido consultado 307 veces

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La utilidad pública, interés público, interés nacional, interés general, interés social, entre otros conceptos análogos del que algunas leyes han revestido a una serie de actividades sectoriales se ha traducido en la práctica en un supra-poder, en virtud del cual se remueven los “obstáculos” que condicionan, limitan, restringen e incluso prohíben el desarrollo de proyectos, obras y actividades
altamente impactantes en términos ambientales, sociales, culturales y económicos y que, en otras circunstancias, no podrían llevarse a cabo.

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Publicado en Noviembre 19 de 2021| Compartir
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