Gearóid te atrapa desde las primeras páginas. De entrada explica claramente las complicidades del Poder Instituido en Colombia con empresas multinacionales y nacionales serviles a los intereses extranjeros. Una investigación estructurada al mejor estilo europeo – el autor lo es- que podría comenzar con una descripción de los distintos impactos en el ambiente colombiano, para epilogar sobre las razones o motivos de semejante ecocidio. Pero está claro que la influencia latinoamericana lo lleva a cambiar el estilo: inicia explicando las razones del sangrado de la Pachamama como lo hacemos por estos lares; detallando los vínculos entre legislación, ejecución y contubernio de la política ambiental en uno de los países más ricos de nuestro continente. Dos interrogantes contundentes se responden a lo largo del libro: “¿No hay autoridades ambientales en Colombia? ¿No existe Legislación ambiental?”.
Define también –y desde el inicio- quienes serán los actores principales en cada capítulo. Hay una “negociación entre desiguales. Entre poderosos empresarios y políticos aliados, frente a los “nadie” que son negados en su existencia” en una cita perfecta de Edgard Isch.
De allí en más, profundiza en episodios específicos y una conclusión abierta, sobre cuatro grandes megaproyectos: Minería, Agronegocios, Hidroeléctricas e Hidrocarburos, todo en el Nororiente colombiano. Ojalá que tengamos un segundo libro porque los impactos descritos también se verifican en otras regiones de Colombia. Y por qué no, un tercero que detalle los abusos de de la industria cárnica, los RSU o residuos sólidos urbanos, la contaminación electromagnética, el aporte de Colombia al calentamiento global, etc. que dejan huella en la mayoría de la población urbana.
Las descripciones, más bien, los diagnósticos del autor tienen una columna vertebral que tácitamente se reitera en los cuatro rubros que mencionamos: Pobreza – expoliación de los recursos naturales – complicidad del Estado – y como consecuencia, más pobreza. O dicho de otro modo, al leer este libro me surge la imagen de un tornado que arrasa con toda la naturaleza: Inversión de dinero desde el exterior para obtener ganancias apoyados en la expoliación, ello lleva a la necesaria complicidad de las autoridades estatales que, a su vez, exigen la impunidad a las autoridades judiciales. Una vez garantizada la impunidad a las multinacionales, las empresas tendrán la tranquilidad suficiente para invertir mayores sumas de dinero –aumentando la expoliación- con más corrupción y la mentada impunidad garantizada. Este torbellino solo es posible reconocer en una lectura integral de la obra que prologamos.
Otro de los ejes presentes en el libro, es la inimaginable impunidad con la cual se deslizan en los trámites judiciales y administrativos quienes resultan ser los garantes de los derechos más elementales del pueblo colombiano. Es que, a no dudarlo, en cualquiera de los capítulos que Ud. estimado lector elija, verá cómo se encuadran los hechos descriptos en delitos ambientales de lesa humanidad. ¿Cómo definirlo? Pues como la expoliación generalizada o sistemática del ambiente de un modo peligroso para el aire, la tierra o el agua, con conocimiento del despojo y con el consentimiento tácito o expreso del Estado, ejecutado por personas físicas “per se” o en representación de personas jurídicas. Los hechos además deben implicar una lesión probable para la víctima que ver cercenados -por el crimen- sus derechos básicos y signifiquen una lesión probable a toda la humanidad como conjunto.
Y no es una conclusión arriesgada, ya que bien le cabe el art. 7 del Tratado de Roma que crea la Corte Penal Internacional firmado el 17 de julio de 1998, durante la “Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional”. Cierto es que entra en vigor a partir del año 2002 pero los hechos continuados y vigentes en su damnificación -tal cual lo relata Gearóid con implacable objetividad- bien ameritan que alguna organización no gubernamental haga la denuncia correspondiente ante la Fiscalía de la Corte. Colombia tiene una denuncia abierta por la que se le exije al Estado abrir investigaciones, o si éste no lo hace que la Fiscalía de la CPI inicie su propia indagación, por delitos de lesa humanidad como las ejecuciones extrajudiciales, una práctica denominada como ‘falsos positivos’ que ocasionó la muerte de unos 5.000 civiles a manos del Ejército durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010).
Abrir una nueva investigación en la CPI en base a los hechos que aquí se relatan resulta crucial ya que la gravedad objetivamente descripta amerita examinar la complementariedad stricto sensu, distinguiendo entre admisibilidad por inactividad total del Estado, inadmisibilidad por actividad del Estado y admisibilidad por falta de voluntad o incapacidad. Es que si la acción del Estado indica o implica falta de voluntad o incapacidad en el sentido del art. 17 del Tratado, la situación o caso deben ser declarados admisibles (http://www.derechos.net/doc/ tpi.html).
La investigación de nuestro autor cuenta con nombre y apellidos con lo cual se facilita la labor del jurista ya que los delitos ambientales de lesa humanidad presentan como característica que el imputado o acusado no es la empresa sino el directorio de la empresa. Se sigue la teoría del dominio del hecho por lo que ya se cuenta con algunos antecedentes jurisprudenciales de justicia universal. ¿Hay escollos? Por supuesto que sí. El mayor escollo son las propias ong ambientalistas o defensoras de los Derechos Humanos que no ven en el delito ambiental internacional la posibilidad de ser efectivo para enfrentar este crimen que en algunos casos presenta perfiles propios de un delito de lesa humanidad. El principal escollo es la academia del derecho que se niega a discutir seriamente en las cátedras y seminarios -nacionales e internacionales el delito ambiental como mecanismo válido para enfrentar la grave contaminación y el calentamiento global. Pero diagnósticos tan certeros como el que nos presenta Gearóid Ó Loingsigh en este trabajo que nos honra prologar intitulado “Extractivismo y Muerte en el Nororiente colombiano” no puede quedar en el papel, no puede ser un diagnóstico más en el universo infinito de los diagnósticos. Debe transformarse en Acción Judicial, debe ser la Declaración de Fé en que la realidad puede ser cambiada. Solo se necesita de juristas, de abogados defensores del ambiente que de una vez y por todas, recojan el guante para la defensa de nuestro pueblo.
Antonio Gustavo Gomez Fiscal General Tucumán - Argentina
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