Con la ley 2046 de 2020 y su decreto reglamentario 248 de 2021 se establecen las condiciones para que los programas públicos de suministro y distribución de alimentos destinen al menos el 30% del presupuesto para la compra de alimentos a la adquisición de productos locales y de organizaciones de la ACFC. En la siguiente infografía, les contamos cuáles son los requisitos, cómo se pueden vincular y algunos aspectos críticos de la implementación. Les invitamos a consultarlo y discutirlo al interior de sus organizaciones.
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