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La soberanía y autonomías alimentarias en Colombia

Juan Carlos Morales Gonzalez , Colombia, Noviembre 20 de 2012, Este artículo ha sido consultado 8000 veces

Al igual que otros Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), el Derecho a la Alimentación Adecuada (DA) ha recorrido un camino difícil e inconcluso de reconocimiento y apropiación social, legal e institucional. Aunque en las últimas décadas se lograron avances importantes que van desde una serie de cumbres que posesionaron el tema alimentario en la opinión pública mundial, hasta desarrollos normativos internacionales y nacionales relacionados con el derecho mismo, incluyendo su reconocimiento constitucional en varios países, todavía son muchos los desafíos con los que se enfrenta la humanidad para hacer posible la garantía de ese derecho.


Por ejemplo, México, Bolivia, Ecuador, Brasil, El Salvador.

En Colombia, es clara la voluntad del Estado por no garantizar en la práctica la realización plena del DA, lo cual explica la airada postura del anterior Ministro de Justica y del Derecho, Juan Carlos Esguerra, quien ignorando avances conocidos del derecho internacional se opuso a que en la carta constitucional colombiana se reconociera de manera explícita aquél derecho fundamental [2]

La razón por la cual muchos Estados como el colombiano se niegan a implementar las acciones adecuadas para la garantía de los DESC y, en particular, del DA, se inscribe en su renuencia a llevar a cabo los cambios estructurales suficientes que permitan la garantía plena de esos derechos. Dicho compromiso implicaría profundas transformaciones en lo político, lo social y lo económico, que entrarían en contradicción con la avidez del modelo vigente y, además, llevarían al “inconveniente” empoderamiento de las personas y las comunidades. Es decir, a un verdadero ejercicio de la democracia.

Cuando se habla del DA no debe olvidarse que hacemos mención a un proceso, el “proceso alimentario”, que comprende un camino cíclico susceptible de trasformaciones, adecuaciones, influjos y determinaciones. Sin entrar en detalles, podríamos decir que comienza con la producción de alimentos seguido, en una secuencia más o menos lógica, por su transformación, intercambio, consumo y aprovechamiento biológico, el cual a su vez cierra el ciclo al posibilitar la re-generación de la fuerza de trabajo que en nuestra especie transforma el medio que la rodea, y que es necesaria para que los alimentos se vuelvan a producir, transformar, etc. Mientras este proceso ocurre, se generan y regeneran circuitos económicos, culturales, de conocimiento y sociales, directa o indirectamente asociados con la necesidad vital de alimentarse o producir para alimentarse, todo en un medio ambiente determinado. El DA, tanto en su formulación, descripción de componentes y de obligaciones estatales, aborda todos estos elementos del proceso alimentario, brindando luces sobre la complejidad del asunto y los retos que tanto los Estados como las sociedades en su conjunto tienen para garantizar su realización [3] En tiempos recientes, en el contexto de la lucha por la defensa del DA, organizaciones sociales y defensores/as de derechos humanos han denotado la íntima relación que existe entre el DA y conceptos como el de soberanía y autonomías alimentarias, incluso, en oposición al de seguridad alimentaria (a veces edulcorado como seguridad alimentaria y nutricional), el cual es visto como vacío, restrictivo y conveniente a los espacios de poder en donde se decide o se generan las condiciones, precisamente, para la no garantía del DA.

Este debate no es caprichoso. En efecto, las organizaciones sociales y en general los titulares del DA están hastiados de que los Estados, vía asistencialismo, pretendan hacer creer que reducir la inseguridad alimentaria es lo mismo que garantizar el DA. Esto explica porqué en el lenguaje utilizado en las políticas, planes, programas y proyectos impulsados por el Estado o actores privados, la “seguridad alimentaria” sea el leitmotiv.

Siendo así, las acciones en “seguridad alimentaria” terminan reducidas a medidas asistencialistas que no trascienden el ámbito de lo individual o familiar; es decir, a justa medida del ya viejo esfuerzo por encerrar el problema del hambre en ese espacio (el encierro de lo privado), lo cual lleva a que muchos agentes del poder asuman que es allí donde se origina el problema y donde se deben concentrar los dadivosos esfuerzos de un Estado generoso y de su variopinto ejército de oficiantes profesionales de la salud y la nutrición.

Por el contrario, las organizaciones sociales, especialmente las rurales y las urbanas con alto grado de concienciación sobre la problemática alimentaria, reconocen que si bien el hambre en su visión más reduccionista cala, obvio, en el individuo y su familia, sus determinantes se generan en lo social, cultural, político, ambiental y económico. De ahí la formulación, primero, del concepto de soberanía alimentaria y, en tiempo más reciente, del de autonomías alimentarias. Como puede verse en el cuadro inferior, en esencia la soberanía y autonomías alimentarias comparten la idea común de que tenemos el derecho a decidir libremente sobre nuestro proceso alimentario. Pero existe una sutil diferencia que no obstante tiene un profundo significado. La Soberanía, como concepto, suele vincularse al Estado-Nación o si se quiere decir de otra forma, a la concepción de país y nación en su conjunto; algo muy importante de tener en cuenta dado que el modelo neoliberal siempre ha atacado el principio de soberanía de nuestros países para, así, penetrar las economías, culturas y espacios de decisión política. Las autonomías, en sentido algo parecido, invocan el derecho que le asiste a cada comunidad o pueblo a decidir libremente sobre su proceso alimentario y sin influjo no solo de países o corporaciones extranjeras, sino también del propio Estado a donde por suerte o infortunio se pertenece y de las empresas nacionales.
 

CONCEPTO

DEFINICIÓN

Seguridad

Alimentaria

[Existe seguridad alimentaria cuando] “Todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida activa y sana”

Cumbre Mundial sobre la Alimentación. 1996.

Soberanía

Alimentaria

La soberanía alimentaria es el DERECHO de los pueblos, de sus países o Uniones de Estados a definir su política agraria y alimentaria, sin dumping frente a países terceros

Vía Campesina

Autonomía(s)

Alimentaria(s)

La(s) Autonomía(s) Alimentaria(s) hace(n) referencia al “derecho que le asiste a cada comunidad, pueblo o colectivo humano, integrante una nación, a controlar autónomamente su propio proceso alimentario según sus tradiciones, usos, costumbres, necesidades y perspectivas estratégicas, y en armonía con los demás grupos humanos, el medio ambiente y las generaciones venideras[4]

En principio no habría problema en que el concepto de soberanía alimentaria pudiera cobijar ambas escalas regionales (lo nacional y lo regional/local), que ha sido por ejemplo la visión de Vía Campesina. Sin embargo, desde hace más de un lustro, en diferentes espacios advertíamos que el concepto de Soberanía Alimentaria podía ser “parasitado” por los Estados/gobiernos y el sector privado, para hacerlo funcional a sus intereses y siempre en contra de las comunidades y pueblos. En su momento esta preocupación surgió de percepciones no tan optimistas sobre el verdadero carácter “revolucionario” de los llamados gobiernos alternativos en el hemisferio, lo cual se ha confirmado con el transcurrir de los años. En efecto, invocando la Soberanía Nacional, incluso la Alimentaria, se vienen justificando acciones que vulneran el derecho de las comunidades y pueblos a decidir autónomamente sobre su proceso alimentario.[5] La usurpación del término ha caído como anillo al dedo también para los gobiernos de derecha, como lo demuestra el caso colombiano cuando se justifica la concentración de tierras vía extranjerización alegando que la inversión extranjera no pone en riesgo la soberanía ni la seguridad alimentaria del país.[6]

Con todo, consideramos que en torno a la seguridad, soberanía y autonomías alimentarias hay dos ideas importantes. Primero, que son diferentes escalas de realización social del DA; es decir, que un país en donde en verdad se garantiza dicho derecho i) las personas y las familias no sufren hambre, ii) el país decide soberanamente sobre su proceso alimentario, y iii) lo hace sin afectar las decisiones autónomas que sobre su propio proceso tienen o desarrollan las comunidades y pueblos que lo integran.

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En segundo lugar, para el caso específico de la soberanía y las autonomías alimentarias, han pasado de ser fríos conceptos a principios de lucha de las organizaciones rurales y urbanas, los cuales guían de manera creciente las estrategias dirigidas hacia la exigibilidad del DA y los derechos asociados (tierra y territorios, agua, acceso a recursos, ambientales, entre otros) y la formulación de planes de vida o modelos alternativos de desarrollo (o alternativos al “desarrollo”)

Para el caso colombiano, la situación de la seguridad alimentaria es precaria. En efecto, el 42,7 % de los hogares colombianos sufren inseguridad alimentaria, siendo esta cifra de 57,5 % en las zonas rurales y 38,4 % en las urbanas.[7]

En lo que respecta a la soberanía alimentaria, el país hace rato ingresó en una espiral de debilitamiento de la capacidad productiva interna de alimentos estratégicos para consumo humano, como es el caso de los cereales. Tal como puede ser apreciado en la figura inferior, la reducción en la producción de cereales se ha acompañado, especialmente desde 2004, de la disminución del área cosechada con esos alimentos y el aumento de la desnutrición en el país.

Y en cuanto a las autonomías alimentarias, tenemos por ejemplo los esfuerzos del Estado por limitar el acceso y libre intercambio de las semillas a las poblaciones rurales. Esta acción, que a nivel local/regional significa un claro atentado a las autonomías de las comunidades y pueblos, y a decidir sobre su propio proceso alimentario, es abordado en otros apartes de esta revista.

Como quiera que sea, los anteriores son apenas algunos ejemplos de muchos con los cuales se puede demostrar que tanto la seguridad, como la soberanía y autonomías alimentarias en el país se enfrentan a un crudo panorama de violaciones, eso sin olvidar que son escalas de realización social del DA.

En ese sentido, este breve texto ha tenido por objetivo no sólo dar relevancia a lo importante que es que los principios de soberanía y autonomías alimentarias sean una apuesta estratégicas de las organizaciones rurales y urbanas pensando en las amenazas que existen contra el DA, sino también aclarar el sentido de esos términos y lo fundamental que es comprenderlos adecuadamente para, precisamente, dar mayor luz a esas luchas y propuestas. Cabe indicar, finalmente, que esa adecuada comprensión es crucial para evitar que las comunidades rurales y la población urbana sean manipuladas a favor de oscuros intereses que suelen mostrar los ejercicios o estrategias de violación de derechos, como lo contrario: esfuerzos de esos espacios de poder por garantizárnoslos.


[1] Por ejemplo, México, Bolivia, Ecuador, Brasil, El Salvador.

[2] Ver las notas de prensa del momento, por ejemplo: http://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/5-2012-alimentaci%C3%B3n-balanceada-como-derecho-impensable%E2%80%9D.html

[3] Para la definición y componentes del DA, así como las obligaciones estatales, se sugiere revisar la Observación General No 12 (Derecho a la Alimentación) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

[4] Morales González, Juan Carlos. Proceso Alimentario, Hambre y Conflictos. Conferencia dada en el Conversatorio “Seguridad Alimentaria y Nutricional en Situaciones de Conflicto Armado”; organizado por el OBSAN en Bogotá el 2 de junio de 2009.

[5] El gobierno de Correa en Ecuador, por ejemplo, al tiempo que dice defender la soberanía alimentaria, abre camino al uso masivo en el país de las semillas transgénicas alegando que aumentarán la producción agrícola y harán al país menos dependiente. Ver: El maíz bajo amenaza: el negocio de los transgénicos tras la semilla milenaria. Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo. 28/XI/2012. Disponible en: http://www.fobomade.org.bo/art-1923

[6] Regular inversión extranjera, no limitarla: Minagricultura. El Espectador. Edición Digital. Bogotá. 21/XI/2012. Disponible en: http://www.elespectador.com/noticias/politica/articulo-388220-regular-inversion-extranjera-no-limitarla-minagricultura

[7] Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Encuesta Nacional de la Situación Nutricional, 2010. Da Vinci Editores y Cia. SNC. Bogotá. 2011. pp: 382, 383.Figuara tomada de: Morales González, Juan Carlos. Aproximación geopolítica a la situación del derecho a la alimentación. Conferencia dictada en: “I Congreso Internacional por el Derecho a la Alimentación, la soberanía y la seguridad alimentaria y nutricional.” OBSAN, FIAN Colombia, ATI, OBUSINGA. Bogotá. 22/X/2012. Datos fuente: FAO. The State of Food Insecurity in the World. Economic growth is necessary but not sufficient to accelerate reduction of hunger and malnutrition. Rome. 2012. pp: 46-49; FAO. FAOSTAT. http://faostat3.fao.org/home/index_es.html?locale=es#DOWNLOAD [Consulta: 20/X/2012]; y, FAO. FAOSTAT. http://faostat3.fao.org/home/index_es.html?locale=es#DOWNLOAD [Consulta: 20/X/2012]

Publicado en Noviembre 20 de 2012| Compartir
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