La ley 1876 de 2017 de innovación agropecuaria ratifica el control que ejerce el ICA para limitar el uso, comercialización, reproducción y acceso a la semillas por parte de las comunidades rurales, enmarcados actualmente en la resolución 3168 de 2015. Esta regulación sujeta a los preceptos de la propiedad intelecutual incentiva la apropiación privada del conocimiento de las comunidades rurales (campesinas y étnicas). Asimismo la ley ratifica el papel de CORPOICA y COLCIENCIAS y entes empresariales como gestores institucionales de la Innovación, promoviendo barreras a las comunidades para usar, producir y mantener sus semillas criollas, lo que es contradictorio en el marco de una apuesta para construir una nueva institucionalidad para la paz y para la innovación agropecuaria para los territorios y comunidades agrarias afectadas por el conflicto armado y el abandono estatal. Por ende, esta ley no fortalece la generación y transmisión de conocimientos de las comunidades rurales en sus procesos de adaptación y manejo de sistemas productivos locales.
1. Falta de participación: La norma del SNIA no fue concertada con CSIVI FARC, ni construida en conjunto con las organizaciones étnicas y campesinas, tal y como lo indicaban los acuerdos de paz. Adicionalmente el Consejo Superior del SNIA -máxima autoridad- conformado por 19 miembros, solo contempla la participación de 3 representantes de estas organizaciones.
2. El SNIA ratifica el control corporativo sobre las semillas criollas y nativas, al estar sujeto a los preceptos de propiedad intelectual plasmados en la normatividad vigente. Ello impide que la innovación favorezca los sistemas de semillas campesinos y sus sistemas productivos.
3. El SNIA privatiza el servicio de extensión agropecuaria al establecer una tarifa para su prestación -a cargo de terceros privados- la cual debe ser asumida por los usuarios.
4. Esta norma pese a ser parte del proceso de implementación normativa del punto 1 de los acuerdos de paz, va en contravía del espíritu de los acuerdos, ya que promueve la investigación e innovación para los agricultures de gran escala y agroindustrias, en detrimento de la agricultura campesina, familiar y comunitaria, principal sujeta de la Reforma Rural Integral.
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