CORPORACIÓN

GRUPO
SEMILLAS


COLOMBIA

Grupo Semillas presentó ante la ONU informe sobre situación de los transgénicos y los derechos humanos en pueblos indígenas de Colombia

/ Septiembre 18 de 2017 / Este artículo ha sido consultado 6261 veces

Después de siete años de que la Corporación Grupo Semillas presentara frente a las Naciones Unidas el Informe paralelo al 5to Informe Estatal de la República de Colombia sobre la realización del PIDESC de los pueblos indígenas, se ha podido constatar en este nuevo informe, que todos los argumentos y violaciones de derechos de los pueblos indígenas de Colombia, generados por la liberación comercial de cultivos y alimentos transgénicos, siguen siendo vigentes.

El gobierno colombiano no ha atendido ninguna de las recomendaciones para superar las denuncias presentadas y continúa promoviendo los cultivos transgénicos, sin los debidos controles de bioseguridad ni la consulta previa a los pueblos indígenas, a pesar de que hoy en día son más relevantes las afectaciones e impactos negativos generados por estas tecnologías. Tampoco el Estado ha adoptado medidas positivas para proteger los derechos de los pueblos indígenas sobre su biodiversidad, sus territorios y su soberanía alimentaria.

 

Informe paralelo al Sexto Informe Estatal de la República de Colombia sobre la realización del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de los pueblos indígenas Derechos humanos sociales en Colombia

 

La situación de los transgénicos y los derechos humanos en pueblos indígenas de Colombia

Para los pueblos indígenas en Colombia, una reserva diversa de semillas criollas no sólo proporciona una fuente vital de alimentos; también representa un componente fundamental de su cultura, una fuente de salud y un elemento crucial en el sistema tradicional de agricultura agroecológica que protege y preserva su medio ambiente.

Luego de veinte años de haberse liberado comercialmente los cultivos transgénicos en el mundo, existen muchos estudios que muestran los impactos ambientales generados por estas tecnologías. Entre estos se destacan que numerosas malezas de los cultivos se han vuelto resistentes a los herbicidas y plagas que ya no las controlan las toxinas Bt, lo que ha generado un aumento significativo del uso de pesticidas y herbicidas. También muchos agricultores, especialmente en los países del Sur, han fracasado con estas tecnologías, a pesar de que los gobiernos y la industria semillera los promueven como la salvación de la crisis de la agricultura nacional y de las comunidades locales.

Las políticas y las prácticas del Estado colombiano relativas a los organismos modificados genéticamente (OMG), han desconocido las múltiples evidencias científicas que muestran los efectos e impactos ambientales, socioeconómicos y en la salud humana y animal que han generado los cultivos y alimentos transgénicos y especialmente en los territorios de comunidades indígenas y campesinas de los países del Sur megadiversos como Colombia.

El Estado colombiano promueve los cultivos y alimentos transgénicos, como la redención a la profunda crisis del sector rural; pero la introducción de los transgénicos ha violado, y amenaza seguir violando, los derechos de los pueblos indígenas en Colombia, incluidos sus derechos a la libre determinación, a la consulta previa, a la participación, a la propiedad, a su cultura, a la alimentación, a la salud y a la protección de una medio ambiente sano.

En 2005, el Estado colombiano emitió un decreto que reglamenta la implementación del Protocolo de Bioseguridad de Cartagena, que regula la aprobación de los OMG. Esta norma ha sido totalmente insuficiente para evaluar y controlar los efectos adversos de los cultivos y alimentos modificados genéticamente (OMG) en el país. En virtud de este decreto, el Estado ha violado la obligación de aplicar el Principio de Precaución, y no ha tenido en cuenta los estudios científicos que demuestran la amenaza actual de las semillas MG para las semillas nativas, la salud humana y el medio ambiente. Teniendo en cuenta las obligaciones adquiridas por el Estado colombiano al suscribir el Convenio 169 de la OIT, el Estado, previo a la aprobación de esta norma de bioseguridad, debió haber consultado con los pueblos indígenas, puesto que pueden ser afectados por la liberación de semillas modificadas genéticamente. Aún más grave, en la aplicación del decreto no se ha surtido ninguna participación y consulta previa de los pueblos indígenas, en la aprobación, por parte del gobierno nacional, de la siembra de numerosas variedades de semillas transgénicas.

Las evaluaciones técnicas y jurídicas mediante los cuales el gobierno colombiano está aprobando la liberación comercial de estos cultivos y alimentos transgénicos son totalmente insuficientes para evitar la contaminación genética de las semillas criollas de los pueblos indígenas y campesinos, a través de la polinización y/o los programas de ayuda alimentaria; semillas que son fundamentales para la cultura, la salud y el medio ambiente de los pueblos indígenas.

En Colombia, luego de quince años de haberse aprobado la siembra comercial de algodón transgénico, es contundente su fracaso puesto que de 50 mil hectáreas que llegaron a sembrarse en 2011, en 2016 solo se sembraron 9.800 hectáreas. Para el caso del maíz GM autorizado hace diez años, el área ha aumentado a más de 100 mil hectáreas en 2016; pero  existen muchas evidencias de los efectos negativos sobre las variedades criollas de los pueblos indígenas y comunidades campesinos en varias regiones del país, y también muchos pequeños agricultores han fracasado con esta tecnología. Es alarmante que el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, quien es la autoridad competente en la materia, no ha realizado los controles de bioseguridad y tampoco ha tomado las medidas requeridas para proteger el patrimonio genético de la nación, la biodiversidad, las formas de vida y productivas de las comunidades indígenas y locales, la soberanía alimentaria de estas comunidades y de la población en general.

A partir de la limitada información oficial disponible, se evidencia que las semillas de maíz MG han sido plantadas muy cerca de territorios indígenas, lo que debe haber generado contaminación genética de las variedades criollas, vía polinización, o a través de los programas de fomento agrícola y de ayuda alimentaria; también mediante el libre flujo de semillas en el comercio y entre los agricultores. El Estado colombiano no ha logrado garantizar que las semillas criollas de los pueblos indígenas no sean afectadas y tampoco ejerce los controles de bioseguridad ni aplica sanciones a las empresas semilleras cuando las semillas transgénicas fracasan y afectan seriamente a los agricultores.

En Colombia los pueblos indígenas y muchos otros sectores sociales y locales se están movilizando para proteger sus territorios y sus semillas criollas, puesto que el Estado está expidiendo normas que permiten la privatización de las semillas, que obligan el uso de solo semillas certificadas, promueven el uso de semillas transgénicas y criminalizan el uso de semillas criollas por parte de las comunidades indígenas y campesinas.

Este informe pide que el Estado colombiano y las empresas semilleras pongan fin de inmediato a la liberación de las semillas MG en Colombia, siguiendo el principio de precaución, hasta que sean aprobadas normas de bioseguridad adecuadas, que sean adoptadas con la debida consulta previa con los pueblos indígenas, y hasta que todos los estudios científicos necesarios sean realizados y demuestren la total inocuidad de estos cultivos y alimentos transgénicos.

 

 

Recomendaciones para el Estado colombiano

Teniendo en cuenta estas violaciones de los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas, respetuosamente solicitamos al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que considere hacer las siguientes recomendaciones al Estado colombiano:

  • Declarar una “moratoria total” para el establecimiento de cultivos GM en el país, hasta tanto existan pruebas científicas de su completa seguridad e inocuidad.
  • Derogar el Decreto 4525 que reglamenta el Protocolo de Cartagena y sustituirlo por una norma de bioseguridad que considere los aspectos ambientales, socioeconómicos y la salud de forma integral y con la participación de pueblos indígenas y de organizaciones sociales. En el proceso de formulación de una nueva norma, se debe realizarse mediante consulta previa a los pueblos indígenas, como lo exigen las normas internacionales y nacionales vigentes.
  • Realizar estudios científicos de bioseguridad ambientales, socioeconómicos, culturales y sobre la biodiversidad, con el fin de evaluar los riesgos e impactos generados por la liberación de semillas MG. La toma de decisiones sobre estas tecnologías se debe realizar a la luz del Principio de Precaución y con la participación de las poblaciones étnicas.
  • Reconocer el derecho que tienen los pueblos indígenas a declarar sus territorios libre de transgénicos.
  • Revocar todas las autorizaciones expedidas para la introducción y liberación comercial de cultivos y alimentos MG en todo el territorio Nacional; teniendo en cuenta las evidencias de impactos adversos ambientales y socioeconómicos de los cultivos MG.
  • Frenar las importaciones de alimentos y semillas transgénicas, con el fin de proteger la producción nacional de alimentos, la biodiversidad, buscando garantizar la soberanía y la autonomía alimentaria de los pueblos indígenas y de los colombianos en general. 

 

Corporación Grupo Semillas. Septiembre 18 de 2017

Ver informe completo:

Previsualizar Archivo


Publicado en Septiembre 18 de 2017| Compartir
compartir en facebook compartir en facebook

Recomiende este contenido

Los campos marcados con (*) son obligatorios






Do not fill, please:

Grupo Semillas

Calle 28A No. 15-31 Oficina 302 Bogotá Teléfono: (57)(1) 7035387 Bogotá, Colombia. semillas@semillas.org.co
Sitio web desarrollado por Colnodo bajo autorización del Grupo Semillas
MAPA DEL SITIO | CONTACTENOS

Apoyo al rediseño del sitio web:

Imagen alusiva al logo Fundación Heinrich Böll